miércoles, 6 de julio de 2011

La Asociación del Corzo Español pide responsabilidad en la caza de las corzas

AL CONSEJERO DE  MEDIO AMBIENTE

La Asociación del Corzo Español ha dirigido un escrito al Consejero de Medio Ambiente de la Junta de Castilla y León en relación a la reciente publicación de la Orden de vedas de esa comunidad autónoma, por la que se modifica el calendario de caza de las hembras de corzo, extendiendo la misma durante el periodo de cría de la especie.

Desde la asociación somos sensibles al origen del problema. La situación de abundancia y el desequilibrio entre sexos está generando situaciones indeseables y es urgente acometer con decisión la caza de las corzas para evitar males mayores. No obstante el permitirlo en la época en la que las crías son dependientes de sus madres puede generar problemas de otra índole, en especial los relacionados con el bienestar animal por el aumento de la mortalidad infantil por orfandad de las crías.

Es perentorio contar con planes de caza que estén correctamente fundados en datos obtenidos de forma coherente, sostenida y sistemática, para trazar programas de gestión de las especies silvestres, en especial de aquellas amenazadas pero también de las sometidas a explotación. La ACE pide desde hace años que se establezca un marco general de gestión de la especie en España que unifique y regule los calendarios de caza.

Igualmente la ACE pide a sus socios, y a los cazadores en general, que cumplan con sus cupos de caza de hembras, pero que traten de adaptar sus capturas a las fechas más favorables para la especie, dentro de lo que permiten las disposiciones reguladoras.

                                 ESCRITO INTEGRO REMITIDO

Estimado señor Consejero de Medio Ambiente:

La Asociación del Corzo Español viene desde hace años pidiendo que la caza en general, y la del corzo en particular, se rija por los principios de la gestión sostenible y responsable. Esto se fundamenta en la realización de trabajos de campo que permitan conocer la abundancia de las especies, su tendencia demográfica, la estructura de edades y sexos, así como las interacciones con otras actividades. En concreto, en materia de corzos, hemos reclamado desde hace años que los planes de caza se hagan con una dimensión comarcal y que se ajusten a la realidad. Igualmente hemos defendido la necesidad de acometer con decisión la caza de las hembras de la especie como forma de regular sus poblaciones, pero también que esta caza debería realizarse en una época concreta en la que se minimicen los efectos en bienestar animal que tiene la muerte de las corzas que pasan sus vidas con crías dependientes.

Por todo ello queremos transmitirle nuestra preocupación por la reciente modificación de la normativa de caza de Castilla y León: ORDEN MAM/867/2011, de 24 de junio, por la que se aprueba la Orden Anual de Caza, y más en concreto por la redacción de su Artículo 4º– Períodos hábiles, punto 2.– Caza mayor y en lo que se refiere al corzo, se expone:

“Corzo: Desde el primer domingo de abril hasta el primer domingo de agosto y desde el primer domingo de septiembre hasta el tercer domingo de octubre para ambos sexos; desde el 1 de enero hasta el 15 de febrero sólo hembras y previa modificación, debidamente aprobada, de los Planes de Ordenación Cinegética de los cotos privados de caza que lo soliciten de las provincias de Soria y Burgos.”




La opinión de la asociación a la que represento en esta materia es la siguiente:

1.  La ACE siempre ha sido partidaria de la gestión de poblaciones, y por tanto del corzo, mediante la caza.

2.  Dicha gestión debe hacerse basándose en estudios previos de estimación de efectivos y de conocimiento de estructura de edades y sexos.

3.  Aún sin dichos estudios, parece razonable mantener la razón de sexos de las poblaciones de corzos en torno a 1 y para ello, igual que se cazan machos deben cazarse hembras. Así se evitará el riesgo de que la población crezca a gran velocidad, se haga densa, degrade el medio o se vea afectada por algunas patologías, en especial las parasitarias.

4.  Por razones de eficacia y bienestar animal, la ACE ha propuesto la caza de hembras durante los meses de enero y febrero. En esta época las hembras son fácilmente distinguibles de los machos, que ya portan cuerna. Además las crías ya tienen una edad que las permitirá probablemente sobrevivir sin la ayuda de la madre. Distintos informes internacionales indican los problemas de bienestar animal derivados de la caza de hembras en épocas de cría, que ocasionan una irremediable situación de orfandad de las crías que quedan condenadas a la muerte por inanición. En tercer lugar se favorece la caza de hembras al no estar permitida en esta época la de machos.

5.  En la Orden mencionada, la caza de hembras en enero y febrero solo está permitida previa modificación y aprobación de los Planes de Ordenación Cinegética de los cotos privados de caza que lo soliciten y solamente en las provincias de Soria y Burgos. Creemos que esta opción, aún siendo bienvenida, dota de una dificultad administrativa a un proceso que debería ser sencillo y gravoso económicamente para aquellos acotados que quieran realizar el necesario cambio.

6.  Por el contrario, se podrán cazar hembras desde abril a octubre, excepto en algunas semanas de agosto y septiembre. Este periodo abarca las últimas semanas del embarazo, el parto y los primeros meses de la crianza de los corcinos, presentando muchos inconvenientes:

a.   La Orden no impide cazar hembras en avanzado estado de gestación, siendo por otra parte muy difícil distinguir, a primeros de abril a una corza preñada de otra que no lo esté.

b.   La Orden no impide cazar hembras en el periodo de cría de los corcinos, siendo también muy difícil diferenciar a una corza que ya ha parido de otra de más de un año, todavía sin crías. De esta manera, la posibilidad de supervivencia de los corcinos es casi nula y morirán así tanto machos como hembras.

c.   La orden se contradice con la legislación de Castilla y León referida a otras especies también en expansión como el jabalí, donde se prohibe, por ejemplo, disparar sobre las hembras de jabalí seguidas de rayones (Ley de Caza de Castilla y León).

7.  La ACE considera por tanto, que el razonable objetivo de la Orden de favorecer la caza de corzas, se ha visto empañado por unas medidas inadecuadas y quizás contraproducentes.

8.  El corzo es una especie emblemática para la vida silvestre y la caza en Castilla y León que ha disfrutado de una franca expansión en las últimas décadas. Pero su situación actual no está exenta de peligros y de desequilibrios en la Comunidad. La ACE anima a los responsables de la Junta de Castilla y León y a sus técnicos a establecer un plan de gestión del corzo en esta comunidad basado en criterios de gestión científicos y conservacionistas.

9.   La ACE pedirá a sus socios, y en general a todos los cazadores de corzo, que cumplan con sus cupos de caza de hembras, pero que traten de adaptar sus capturas a las fechas más favorables para la especie, dentro de lo que les permite la presente Orden.

En Luarca, a 5 de julio de 2011

Gerardo Pajares Bernaldo de Quirós
Presidente de la Asociación del Corzo Español

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